• (787) 772-8300
  • peticionesrcpr@cccupr.org
  • University of Puerto Rico Comprehensive Cancer Center

Reporte de Casos

 

Reporte de Casos

La mayoría de las entidades que reportan los casos de cáncer al Registro Central de Cáncer de Puerto Rico (RCCPR) son los hospitales. Sin embargo, desde hace algún tiempo, se ha venido incrementando el número de pacientes que están siendo diagnosticados y tratados fuera de los hospitales. Esto requiere que fuentes adicionales de información sean necesarias para asegurar que todos los casos de cáncer sean contabilizados por el RCCPR y que los mismos sean de alta calidad.

Por medio de la dedicación y esfuerzo en el procesamiento de estos reportes de cáncer, el RCCPR es capaz de recoger datos de incidencia que cumplan con las normas nacionales de información, además de contribuir en la prevención y control del cáncer; en mejorar los diagnósticos, tratamientos, supervivencia y la calidad de vida de todos los pacientes que padecen de esta enfermedad.

 
 

El reporte al RCCPR de cada paciente diagnosticado y/o tratado al RCCPR está requerido por ley. La Ley Núm. 113 del año 2010 establece que cada administrador o persona encargada de hospitales públicos o privados, centros ambulatorios, facilidades de radioterapia, centros de cáncer, centros de oncología, centros de quimioterapia, médicos, cirujanos, dentistas, hematólogos oncólogos, oncólogos médicos, laboratorios patológicos, dermatopatólogos, sanatorios, casas de descanso, casas de convalecencia, hospicios y cualesquiera otra institución u organización que provea servicios de diagnóstico y/o tratamiento a pacientes con cáncer está obligado a reportar al RCCPR por la vía, medio y formato establecidos por el Reglamento del RCCPR.

La Ley establece la obligación de notificar al RCCPR cualquier cáncer, carcinoma, linfoma, sarcoma, leucemia, tumores benignos y malignos del sistema nervioso central o cualquier otro crecimiento maligno o enfermedad neoplásica según definidas en la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología (ICD-O).

Se exceptuan de esta obligación los siguientes tipos de cáncer:

  • Carcinoma in situ de cuello uterino
  • Carcinoma de células basales o escamosas de la piel, salvo que sean diagnosticadas en la piel de labia, clítoris, vulva, prepucio, pene o escroto.
 

Para información adicional relacionada con estadísticas de cáncer en Puerto Rico favor de contactar a la Unidad de Análisis e Investigación del RCCPR:

(787) 772-8300
peticionesrcpr@cccupr.org

Reconocimiento al RCCPR

"Este trabajo es apoyado parcialmente por el Programa Nacional de Registros de Cáncer (NPCR) de los Centros para el Control de Enfermedades (CDC) bajo el Grant #NU58DP007164 otorgado al RCCPR. Su contenido es responsabilidad única de los autores y no necesariamente representa el punto de vista oficial de NPCR ni del CDC."

 

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